NOTA: El salario máximo cotizable es de RD$269,640.
El salario mínimo nacional para calcular el salario máximo cotizable del Régimen Contributivo es de RD$0 El artículo 57 de la Ley 87-01, establece un salario máximo cotizable equivalente a veinte (20) salarios mínimo nacional. Para fines de aportes a la Seguridad Social, excepcionalmente, los ingresos que formarán parte del salario cotizable son los siguientes: salario ordinario, comisiones y pago por concepto de vacaciones.
Gradualidad de aportes del Régimen Contributivo
Durante los primeros siete años a partir de junio del 2003, el costo del seguro de vejez, discapacidad y sobrevivencia, serán como aparece en el cuadro de Gradualidad de aportes del Régimen Contributivo.