La Gerencia General del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) hace de conocimiento público la siguiente resolución de interés nacional:
Resolución No. 211-05:
Primero: Se aprueba la inclusión al Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo de todos los Pensionados por Discapacidad del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
Segundo: El costo de financiamiento del Seguro Familiar de Salud para este grupo poblacional equivaldrá al 10.03% del monto total de la pensión, siendo las aportaciones de la siguiente forma:
1. El 4.01% a cargo del Pensionado por Discapacidad.
2. El 6.02% restante será cubierto como sigue:
- Para los Pensionados por enfermedad Común, el aporte se obtendrá de la cuenta de la Seguridad Social denominada Cuidado de la Salud del Régimen Contributivo.
- Para los Pensionados por Accidentes de Trabajo o Enfermedades profesionales, el aporte lo hará la Administradora de Riesgos laborales del Fondo de Solidaridad del Seguro de Riesgos laborales.
Tercero: La entidad a cargo del pago de las pensiones deberá retener y transferir a la Tesorería de la Seguridad Social el valor correspondiente a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles de cada mes, tal y como lo establece el Reglamento de la TSS.
Cuarto: La TSS deberá emitir las facturas correspondientes a los agentes de retención de lugar.